Requisitos para la adquisición de la condición de empleado público

Todo lo relacionado con la forma de convocar y acceder al cuerpo de funcionarios es objeto de numerosos estudios y controversias. Sin embargo, los requisitos para la adquisición de la condición de empleado público están perfectamente regulados y tasados en nuestra legislación. ¿Quieres saber quién puede ser empleado público? Entonces no dudes en seguir leyendo.

Bajo este concepto de exigencias que determinan la adquisición de la condición de empleado público se recogen las normas que se han articulado para ingresar en el cuerpo de funcionarios de cualquier administración pública. El rigor a la hora de permitir este acceso deriva de la trascendencia de la labor de estos trabajadores. Porque son, ni más ni menos, que los garantes de que se cumplan y desarrollen los intereses generales del Estado.

Ahora que somos conscientes del importante papel que desempeñan, es más fácil entender por qué los procesos selectivos que conducen a su contratación tienen que plantearse preservando los principios de igualdad, mérito y capacidad. Estos son la base de cualquier convocatoria de oposición.


La adquisición de la condición de funcionario público

¿Cómo se gana la condición de empleado público?

Empecemos por recordar que implica tener esa citada condición de empleado público. Porque, no todos los tipos de empleados públicos que están trabajando para la Administración son funcionarios. Sólo se puede incluir en este grupo a las personas que mantienen una vinculación con una administración, regulada estatutariamente por el Derecho Administrativo y que desempeñan un servicio profesional retribuido con carácter permanente.

En principio tiene derecho acceder a un empleo público todo ciudadano que supere un proceso selectivo, cumpliendo estos requisitos para opositar:

  • Ser mayor de 16 años y no superar la edad de jubilación forzosa.
  • Tener nacionalidad española
  • Contar con la capacidad funcional necesaria para el desarrollo del puesto al que se presenta.
  • No tener un expediente disciplinario abierto, ni sentencia que le inhabilite para empleos o cargos públicos.
  • Disponer de la titulación exigida en cada caso.

Pero, aprobar una oposición no te convierte de forma automática en empleado público, aún quedan algunas exigencias que cumplir.

La adquisición de la condición de funcionario público

Esta condición conlleva una serie de derechos y deberes de los empleados públicos que no se disfrutan sino se cumplen los requisitos que señala como obligatorios el Estatuto Básico del Empleado Público. En su Artículo 62 especifica las exigencias para la adquisición de la condición de funcionario de carrera:

1. Haber superado el proceso selectivo correspondiente

Que se debe haber convocado por la administración con competencias en la materia, bajo las premisas de libre concurrencia, transparencia e imparcialidad. Las tres fórmulas más habituales son oposición, concurso o concurso-oposición. Por parte del candidato, es obligatorio que cumpla con todos los requisitos que figuren en las bases de la convocatoria para poder presentarse.

De hecho, desde la publicación de la lista provisional de los aspirantes admitidos y excluidos en la oposición se dispone de un plazo determinado para presentar la documentación que acredite, entre otras cuestiones, la titulación académica.

2. Que se haya producido el nombramiento por el órgano o autoridad competente

Dicho nombramiento no tiene carácter oficial hasta que haya sido publicado en el Boletín o Diario Oficial que le corresponda.

3. Haberse celebrado el acto de acatamiento de la Constitución

Y, si se requiere, del Estatuto Autonómico correspondiente, así como del resto del ordenamiento jurídico que sea preciso en cada circunstancia.

La toma de posesión en el lugar del trabajo de destino y dentro de los plazos que contempla la ley es el último de los requisitos para la adquisición de la condición de empleado público. Este periodo suele ser de un mes o 30 días naturales que se cuentan a partir del nombramiento.

  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • No