Aunque erróneamente pensamos que todos los empleados públicos son funcionarios del Estado, lo cierto es que existen diversos tipos de empleados públicos (cada uno de los cuales cuenta con unas condiciones laborales diferentes). Esta clasificación viene fijada en el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), una legislación básica para todos los trabajadores que se encuentren al servicio de las Administraciones Públicas.
¿Cómo se clasifican los empleados públicos?
Las necesidades de la Administración Pública son muy amplias, y por ello se necesita un equipo de profesionales que salvaguarden los intereses sociales de los ciudadanos. Descubre las distintas clases de empleados públicos que existen en la actualidad:
1. Funcionarios de carrera
Son funcionarios los que han superado un proceso selectivo de oposición, disponen de un nombramiento en el que se reconoce dicha condición -es decir, han conseguido una plaza fija- y trabajan para la Administración Pública.
Los funcionarios de carrera realizan funciones de carácter permanente y están vinculados a la Administración Pública. Dependiendo de la titulación requerida para el acceso a la Administración Pública, estos funcionarios se adscriben a los grupos de empleados públicos siguientes:
- Grupo A: Dividido, a su vez, en los Subgrupos A1 y A2. Todos ellos cuentan con un título universitario de Licenciatura o Grado.
- Grupo B: Los funcionarios adscritos a este grupo cuentan con un título de Técnico Superior
- Grupo C:
- Subgrupo C1: Título de Bachiller o Técnico
- Subgrupo C2: Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
2. Funcionarios internos
En ocasiones ocurre que, después de aprobar una oposición, el candidato no consigue plaza fija en su especialidad. ¿Significa esto que nunca podrá trabajar en la Administración Pública? En absoluto.
Los funcionarios interinos son aquellos funcionarios que desempeñan las tareas propias de los funcionarios de carreras en determinadas circunstancias excepcionales, pero no como norma general. Los funcionarios interinos sustituyen a los anteriores por un plazo máximo de 6 meses dentro de un periodo de 12 por razones "expresamente justificadas de necesidad y urgencia". El sistema de acceso público que han superado suele realizarse por medio de una bolsa de trabajo para funcionarios o, como ya hemos adelantado, cuando han aprobado las oposiciones sin obtener plaza fija.
3. Personal laboral
Es personal laboral el que en virtud de un contrato de trabajo, en cualquiera de las modalidades de contratación de personal previstas en la legislación laboral, presta servicios retribuidos por las Administraciones Públicas. Este tipo de empleado público puede trabajar con tres modalidades distintas de contratación:
- Contrato temporal
- Contrato indefinido
- Contrato público
4. Personal eventual
Son aquellos empleados públicos que se nombran (y cesan) libremente en régimen no permanente. El personal eventual pueden ser nombrado por ministros, secretarios de Estado, consejeros de Gobierno de las Comunidades Autónomas y presidentes de las Corporaciones Locales y la persona seleccionada puede ser cualquiera, sin necesidad de superar un proceso selectivo específico.
Más información:
- ¿Qué debes saber sobre la Ley del Estatuto Básico del Empleo Público?
- Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.