En alguna ocasión anterior hemos señalado la importancia del Estatuto Básico del Empleado Público como norma esencial que regula derechos, obligaciones y otras condiciones relacionadas con el estatus de los funcionarios de carrera. Para quienes forman parte de este colectivo o los que quieren estudiar para ser funcionario, no cabe duda de que dominar temas como el de las situaciones administrativas de los funcionarios públicos es clave.
¿No te dice nada esa expresión? Es la forma de referirse a las distintas situaciones que pueden darse manteniendo la relación entre el funcionario y la Administración. Estas diferentes posibilidades vienen recogidas en el artículo 85 del TREBEP y son: servicio activo, servicios especiales, servicio en otras Administraciones Públicas, excedencia y suspensión de funciones. La manera más visual de tener una noción de este tema es mediante un esquema-resumen como el que te presentamos a continuación.
Cuadro resumen de las situaciones administrativas de los funcionarios
Estas son las distintas situaciones administrativas en las que puede encontrarse la carrera profesional de un funcionario a lo largo de sus años laborales, con sus principales características:
1. Servicio activo
Se puede definir como la situación de “normalidad” de un funcionario con destino en cualquier Administración u organismo público y sin que le corresponda estar en otra situación. Se adquiere superando el proceso selectivo, el nombramiento y la toma de posesión de los funcionarios públicos. Disfruta de todos sus derechos y está sujeto a todas las responsabilidades derivadas de su condición. Todos estos aspectos se recogen en el Artículo 82.1 y 82.2 del citado Estatuto.
2. Servicios especiales
Relacionados con los nombramientos llamados de confianza política. El funcionario desempeña temporalmente un alto cargo en una institución pública u organismo internacional.
Algunos de los supuestos habituales son: incorporación al Gobierno o a los autonómicos o locales; ser miembros de instituciones de la UE u otras organizaciones internacionales; formar parte por más de 6 meses de misiones o programas de organismos internacionales o de cooperación; adscripción al servicio del Tribunal Constitucional, Defensor del Pueblo o Tribunales de Cuentas; nombramientos como diputados, senadores o miembros de asambleas legislativas si perciben retribuciones…
Durante el periodo que desempeñen esa función computan a la retribución del personal funcionario sus ascensos, trienios y otros derechos, mientras su salario será el del cargo que ocupan. Cuando finalicen, deberán ser reincorporados al servicio activo en su localidad, condiciones y retribuciones que tengan consolidados. Más detalles en el Artículo 87 del TRLEBEP.
3. Servicios en otras Administraciones Públicas
Por necesidades de organización son transferidos a una administración distinta a la obtenida en su oposición. No tienen plazo máximo de mantenimiento en este destino, a veces pueden incluso acabar integrados en esa otra plaza. El tiempo que estén trasladados computa como de servicio activo en su cuerpo de origen. Regulado en el Artículo 88.
El Artículo 89.1 que regula este supuesto, señala 5 modalidades:
- Por interés particular
- Por agrupación familiar
- Por cuidado de familiares
- Por violencia de género
- Por violencia terrorista
Tienen sus propias condiciones específicas, pero en general se trata de una situación en la que no se cobran retribuciones y no suele haber derecho a la reserva del puesto, salvo los supuestos las víctimas de violencia de género o terrorismo. La duración oscila entre los dos y los tres años.
4. Suspensión de funciones
Como consecuencia de la potestad disciplinaria de la Administración, cualquier funcionario puede ser retirado del ejercicio de sus funciones y de los derechos que estas reportaran de forma temporal (con un tope de 6 años) o permanente, dependiendo de la gravedad de la falta cometida. Si es de más de 6 meses, conlleva la pérdida del puesto de trabajo.
Este es el resumen a grandes rasgos de las situaciones administrativas de los funcionarios públicos, aunque se trata de un asunto que por su complejidad resulta bastante más extenso.