¿Estás pensando en cambiar de aires? Si eres funcionario y quieres un cambio de destino de trabajo, debes saber ahora los traslados son más sencillos. Esto es gracias al acuerdo firmado entre el Ministerio de Función Pública y los sindicatos importantes. Como cabe esperar, es importante conocer qué 6 condiciones exigidas para el cambio de destino de los funcionarios.
Por medio de esta iniciativa, los funcionarios podrán elegir si quieren o no un cambio de destino. Este acuerdo tiene por objetivo fijar un concurso unificado de movilidad de los trabajadores. Además, se pueden dar diversas circunstancias en este caso, pero, por lo general, existen seis condiciones. ¡Sigue leyendo y te las contamos!
Breve guía sobre la movilidad del personal funcionario en España
¿Quieres optar a un cambio de destino y empezar una nueva etapa como funcionario en otra localidad? Aquí tienes algunos de los requisitos que debes cumplir para poder cambiar de destino si eres funcionario en España:
1. ¿Perteneces a una plantilla del SEPE o de Fogasa?
Si formas parte de una de esas plantillas, tienes bastante camino hecho. Ahora, los empleados públicos podrán trasladarse desde unos departamentos ministeriales a otros. Además, si te encuentras en un organismo carente de suficiente plantilla, tienes esta posibilidad de traslado. Las entidades más reconocidas son el SEPE (Servicio Público de Empleo) y el Fogasa (Fondo de Garantía Salarial). Respecto a esto último, otra condición extra es que hayas trabajado al menos seis años en el puesto.
2. ¿Valoran mis logros?
El acuerdo lleva vigente solo unos meses, por lo que aún siguen retocando algunas de sus condiciones. En particular, en los procesos de traslado laboral, tendrán en cuenta los méritos conseguidos por parte de los trabajadores. Aunque es una buena noticia, todavía están ultimando cómo se juzgarán estos logros, según el perfil de cada puesto.
3. La experiencia también es un punto a favor para los empleados
Quizá esta sea una de las novedades más llamativas del acuerdo. A partir de ahora, considerarán el período de tiempo trabajado en cada puesto, en función de la jerarquía laboral y las escalas del funcionariado. También, esta cuestión se valorará conforme al empleo o empleos requeridos en el lugar de destino.
Por otro lado, los sindicatos pretenden marcar una puntuación por mes completo desempeñado. Así, esta cifra irá creciendo de forma paulatina y el máximo considerará, al menos, los últimos cinco años ejercidos.
4. ¿Qué ocurre con los conocimientos adquiridos?
Valorarán las actividades de formación de los funcionarios y los cursos ofrecidos o recibidos por parte de los empleados respecto del empleo en las Administraciones Públicas. La duración de cada curso deberá ser superior o igual a las quince horas.
Sin embargo, el máximo de cursos que las organizaciones tendrán en cuenta será de tres. Como excepción, evaluarán un cuarto curso en caso de que el puesto sea muy concreto y especializado. Asimismo, por seguridad laboral, definirán un plazo máximo de autenticidad de los cursos.
5. Sobre las circunstancias personales…
Ahora, se podrán verificar las condiciones personales del funcionario cuando solicite un puesto en todos los lugares donde prefiera trasladarse. La asignación de plazas dependerá de las circunstancias laborales, familiares (cuidado de menores) o personales de cada empleado público.
Del mismo modo, cuando no exista traslado de localidad, las características del puesto se asemejarán a las del puesto actual. Así, solicitarán aquellos del mismo centro o con la misma jornada, aunque hay excepciones según el caso.
6. Los períodos de excedencia y permisos también cuentan
Según el acuerdo, tendrán en cuenta los períodos en los que los funcionarios estén en un momento de excedencia. También se incluyen las reducciones de horario laboral y los permisos de maternidad o paternidad. Por consiguiente, se podrán validar los méritos y las funciones ejercidas y completarlos en los formularios distribuidos por las organizaciones.
Antes de decidir un traslado, ten presentes estas condiciones. Quizá, te ayuden a elegir el cambio de destino según las circunstancias que mejor se adapten a tu caso. ¡Manos a la obra!
Fuentes consultadas:
- I Acuerdo de movilidad del personal funcionario - Ministerio de Política Territorial y Función Pública (16 de noviembre de 2018).