Si hay algo que suscita cierto recelo o envidia por parte de los trabajadores del sector privado hacia los funcionarios públicos es precisamente el tema de las vacaciones. Y es que, al periodo vacacional convencional de 22 días hábiles al año, los funcionarios españoles tienen una serie de días de libre disposición conocidos popularmente como "días moscosos", los cuales varían según la administración para la que desarrollan su labor y de su propia antigüedad en la plantilla.
En este artículo podrás conocer exactamente el total de días de vacaciones que pueden disfrutar los funcionarios en España y algunas particularidades que llamarán poderosamente tu atención. ¡Sigue leyendo!
Vacaciones retribuidas de los funcionarios públicos
El artículo 50 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP) indica que los funcionarios públicos tienen derecho a disfrutar, durante cada año natural, de unas vacaciones retribuidas de 22 días hábiles, o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fue menor.
Teniendo en cuenta los días inhábiles en la Administración, no se considerarán como días hábiles los sábados, "sin perjuicio de las adaptaciones que se establezcan para los horarios especiales", según recoge este artículo del TREBEP.
Los empleados públicos que disfruten de permiso de maternidad, incapacidad temporal, riesgo durante la lactancia o riesgo durante el embarazo y, por tanto, no puedan iniciar el disfrute de las vacaciones dentro del año natural al que correspondan, podrán disfrutar de los días de vacaciones aunque haya terminado el año natural a que correspondan, siempre que no hayan transcurrido más de 18 meses a partir del final del año en que se hayan originado dichas situaciones.
Días de vacaciones y de asuntos propios de los funcionarios
Como hemos mencionado al principio de este artículo, los funcionarios pueden disfrutar de días de libre disposición que se añaden a esos 22 días de vacaciones convencionales y que van aumentando año a año según la antigüedad que se tenga en la administración pública en la que desarrolla su actividad.
En concreto, el artículo 48 (apartado k) del Estatuto Básico del Empleado Público establece que los funcionarios tendrán derecho a 6 días al año por asuntos particulares, que irán incrementándose conforme el funcionario supere un trienio de actividad. En este sentido, el funcionario tendrá derecho a 6 días de asuntos propios más dos días adicionales al cumplir el 6º trienio, aumentándose en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del 8º.
A continuación, te mostramos una sencilla tabla que te ayudará a calcular los días moscosos que corresponden a cada funcionario dependiendo de su antigüedad:
Antigüedad | Días anuales |
---|---|
Menos de 6 trienios | 6 |
Con 6 o 7 trienios | 8 |
Con 8 trienios | 9 |
Con 9 trienios | 10 |
Con 10 trienios | 11 |
Con 11 trienios | 12 |
Con 12 trienios | 13 |
Con 13 trienios | 14 |
Con 14 trienios | 15 |
Con 15 trienios | 16 |
Por ejemplo, si llevas 5 años trabajando como funcionario, te corresponderán 22 días de vacaciones más 6 días de asuntos propios; en total, 28 días de vacaciones al año, puesto que tienes una antigüedad inferior a 6 trienios. Saber más sobre los días canosos.
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