Funcionario de carrera


Se trata de todo aquel empleado público que desarrolla su trabajo en una Administración Pública con carácter permanente, a través de una relación estatutaria regida por el Derecho Administrativo. De acuerdo a la definición recogida en el Diccionario de la Real Academia Española, un funcionario de carrera "tiene derecho a la inamovilidad en su condición", la cual solo puede perder en caso de jubilación, renuncia, pérdida de la nacionalidad, sanción disciplinaria de separación del servicio o inhabilitación para cargo público tras una resolución judicial que así lo dictamine.

¿Cómo es el proceso de adquisición de la condición de funcionario de carrera?

Tomando como referencia el texto del Estatuto Básico del Empleado Público (BOE-A-2015-11719), para ser funcionario de carrera se deben cumplir los siguientes requisitos:

  1. Superación del proceso selectivo.
  2. Nombramiento por el órgano o autoridad competente, que será publicado en el Diario Oficial correspondiente.
  3. Acto de acatamiento de la Constitución y, en su caso, del Estatuto de Autonomía correspondiente y del resto del Ordenamiento Jurídico.
  4. Toma de posesión dentro del plazo que se establezca.

Eso sí, no podrán ser funcionarios quienes no acrediten, una vez superado el proceso selectivo, que reúnen los requisitos y condiciones exigidos en la convocatoria.

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