Exclusiones médicas

Se conoce como "cuadro de exclusiones médicas" en las oposiciones a todas aquellas circunstancias físicas o psíquicas que suponen la eliminación del proceso selectivo del aspirante en el que concurran. Pueden referirse a cuestiones como la vista, oído, obesidad, altura, trastornos psíquicos, etc.


La finalidad del cuadro médico de exclusiones es favorecer la realización de una selección adecuada entre los aspirantes a determinados Cuerpos, como guardia civil, policía nacional o militar, permitiendo que dichos Cuerpos puedan contar con personal que cuente con las capacidades necesarias para afrontar tanto la enseñanza de formación como las actividades que en el futuro han de afrontar cuando finalicen su formación, sin que ningún aspecto psicofísico menoscabe o impida la capacidad funcional u operativa necesaria para su desempeño.

¿En qué tipo de oposiciones se aplican las exclusiones médicas como requisito?

Para la aplicación de cualquier apartado del cuadro médico de exclusiones en las bases de una convocatoria de oposiciones se considerarán las siguientes situaciones como motivos de exclusión:

  1. Procesos que hagan prever la incapacidad para realizar los periodos de formación adecuadamente.
  2. Procesos en los que se prevea que en un futuro pudieran ocasionar algún tipo de limitación en el desempeño pleno de las funciones propias del servicio o puedan suponer una insuficiencia de condiciones psicofísicas de carácter permanente.

Cuadro de exclusiones médicas en las oposiciones

La determinación de las condiciones psicofísicas del cuadro médico de exclusiones está adaptada a las condiciones que establezca el órgano facultativo correspondiente. Para ello, se aplica el correspondiente cuestionario de salud y se realizan todas las exploraciones necesarias entre las que se incluyen analítica de sangre y orina con detección de sustancias psicotrópicas o drogas, y de alcohol cuando así se establezca.

Las exclusiones médicas que se indican en las bases de los diferentes procesos selectivos suelen ser las siguientes:

  • Parámetros Biológicos, enfermedades y causas generales: aquí se incluyen los requisitos de altura y peso, y enfermedades como anomalías genéticas que limiten o dificulten la realización de las actividades encomendadas al Cuerpo, así como enfermedades infecciosas, inmunológicas, reumáticas, etc.
  • Piel y tejido celular subcutáneo: eczemas, cicatrices que produzcan limitación funcional y otros procesos patológicos que dificulten o limiten el desarrollo de las funciones del servicio, afecciones de la piel o anejos, dermatopías contagiosas, etc.
  • Enfermedades y trastornos neurológicos: lesiones traumáticas craneoencefálicas, vertebromedulares o de nervios periféricos y sus secuelas, enfermedades cerebrovasculares, etc.
  • Psiquiatría: trastornos mentales orgánicos, incluidos los sintomáticos de una afección somática general, demencias, trastornos bipolares, etc.
  • Enfermedades del aparato digestivo: toda alteración del aparato digestivo congénita o adquirida que pueda perjudicar o pueda verse agravada por las actividades propias del servicio.
  • Enfermedades endocrinometabólicas: toda enfermedad metabólica de las glándulas endocrinas que limite, incapacite o presente un pronóstico perjudicial para el ejercicio de las funciones propias del servicio.
  • Enfermedades del aparato respiratorio: afecciones congénitas o adquiridas de pulmón, tráquea, bronquios, pleura, mediastino y pared torácica, síndrome de la apnea del sueño, etc.
  • Enfermedades del aparato circulatorio: hipertensión arterial, miocardiopatías, varices, etc.
  • Enfermedades del aparato locomotor: enfermedades, lesiones o procesos congénitos o adquiridos del aparato locomotor que alteren o puedan alterar el desempeño pleno de las funciones propias del Cuerpo, etc.
  • Enfermedades del aparato de la visión: anomalías o alteraciones congénitas o adquiridas del ojo sus anejos que produzcan o puedan producir alteraciones anatómicas manifiestas o importantes trastornos funcionales., etc.
  • Otorrinolaringología: alteraciones congénitas o adquiridas de la pirámide y fosas nasales, boca, faringe, laringe y oídos que perturben la función respiratoria, fonatoria o auditiva, etc.
  • Sangre y órganos hematopoyéticos: enfermedades de la sangre o de los órganos hematopoyéticos que, por su importancia funcional o pronóstica puedan limitar el ejercicio de las funciones, etc.
  • Aparato urogenital: enfermedades o alteraciones congénitas o adquiridas del aparato urinario que alteren o puedan alterar el normal desarrollo de las actividades propias del servicio, transplante renal, etc.
  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • No