Comisión de valoración

En una oposición a un puesto de trabajo en la administración pública son los miembros del tribunal de la oposición quienes realizan las pertinentes valoraciones y correcciones de los exámenes de los aspirantes. Sin embargo, en el caso de un concurso de méritos, esta tarea la llevan a cabo los componentes de la Comisión de Valoración.

Características, composición y funciones de la Comisión de Valoración

Se trata de un órgano colegiado que evalúa los méritos de los funcionarios que participan en un concurso de provición de puestos de trabajo, cuyas funciones están reguladas por el artículo 46 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

Las Comisiones de Valoración están constituidas como mínimo por 4 miembros designados por la autoridad convocante, de los que al menos uno será designado a propuesta del centro directivo al que corresponda la administración de personal. Cuando se trate de un concurso específico, uno, al menos, de los restantes miembros será designado a propuesta del centro directivo al que figuren adscritos los puestos convocados. Puede asignarse también un miembro en representación de la Secretaría de Estado para la Administración Pública.


Los miembros de las Comisiones deben pertenecer a Cuerpos o Escalas de Grupo de titulación igual o superior al exigido para los puestos convocados. En los concursos específicos deberán, además, desempeñar puestos de nivel igual o superior al de los convocados.

En definitiva, las Comisiones de Valoración se encargan de proponer al candidato con mayor puntuación en un proceso selectivo entre funcionarios.

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  • Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración general del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado. Boletín Oficial del Estado (BOE). Consulta online: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-8729