Hasta nuevo aviso, el acceso a la universidad está regulado en el Real Decreto 412/2014, de 6 de junio, que puedes consultar en cualquier momento para aclarar dudas. En él se encuentra todo lo relativo a la normativa básica de los procedimientos de admisión a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado. Rescatamos los puntos que se refieren a los requisitos y las pruebas de acceso a la Universidad. ¿Estás preparado/a?
Requisitos para acceder a la Universidad
Todo lo relacionado con quiénes pueden optar a entrar a estudiar en las distintas universidades en España está especificado en el Artículo 3 del Real Decreto antes citado. Estos son las exigencias académicas que se citan:
- Título de Bachiller del sistema educativo español o un equivalente.
- Título de Bachiller europeo o Internacional.
- Títulos de estudios de Bachillerato de países de la Unión Europea u otros estados con los que España tenga firmados acuerdos internacionales en régimen de reciprocidad sobre esta materia.
- Títulos de estudios homologados al de Bachillerato español de países fuera del entorno de la UE con los que no haya acuerdos específicos de esta materia, si no colisionan con lo dispuesto en el Artículo 4 del Real Decreto.
- Títulos de Técnico Superior de Formación Profesional, Artes Plásticas y Diseño o Técnico Deportivo Superior de sistema educativo español y todos los homologados a estos.
- Títulos equivalentes a los del punto anterior obtenidos en países de la UE u otros estados con los que haya acuerdos internacionales firmados al respecto.
Casos especiales de acceso a la Universidad
Hay algunos colectivos especiales que también tienen derecho a ese acceso a la universidad, entre otros:
- Mayores de 25 años que superen la prueba de acceso establecida para ellos.
- Mayores de 40 años que atesoren experiencia profesional o laboral relacionada con una enseñanza concreta.
- Mayores de 45 años que superen la prueba de acceso establecida para su grupo.
- Quienes pudieran acceder según regulaciones anteriores a la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre.
El último apartado se refiere a universitarios en distintas circunstancias:
- Que han finalizado y tienen el título universitario de Grado, de Diplomado o en sus nomenclaturas anteriores y equivalentes.
- Quienes hayan cursado estudios universitarios parciales, en España o el extranjero
- Los que han finalizado estudios universitarios en el extranjero pero no han conseguido la homologación de sus títulos. En este caso es obligatorio que se les hayan reconocido 30 créditos ECTS.
¿Cuáles son las principales pruebas de acceso a la Universidad?
Una vez cumplidos los requisitos que hemos visto, no todo está hecho. Esos grupos de candidatos deberán superar unas pruebas de acceso a la Universidad que difieren de unos colectivos a otros y también con un cierto margen de independencia de las universidades. En todos los supuestos, la selección de admitidos se hará “con respeto a los principios de igualdad, no discriminación, mérito y capacidad”. Esto implica que para discapacitados o extranjeros con dificultades idiomáticas se deben establecer mecanismos que impidan situaciones de trato no igualitario.
Dado que la oferta de plazas es limitada, las universidades pueden realizar pruebas específicas de conocimientos y/o competencias. En estos casos, en la ponderación de la calificación final la media de los estudios de bachiller o equivalentes será al menos del 60%.
Por último, un asunto esencial al hablar de las vías de acceso a la Universidad. Hay que realizar la preinscripción en el Grado que se quiere cursar e intentar superar la nota de corte en esa prueba de acceso.