Complemento de destino

Se trata una retribución complementaria que perciben los funcionarios públicos y que está ligada al nivel atribuido a cada puesto de trabajo (del 1 al 30). Es decir, a mayor responsabilidad del puesto y mayor complejidad de las funciones, mayor será el complemento de destino. Si el funcionario desempeña ese puesto a lo largo de dos años de forma ininterrumpida, o bien, tres con interrupción, consolida ese nivel de complemento de destino por medio de lo que se denomina "grado personal".


Es importante saber que cada funcionario tiene asignado un nivel de complemento de destino. Con ello, el funcionario empieza su carrera en el cuerpo concreto al que pertenece y en un puesto con un nivel de complemento de destino específico. Después, conforme va progresando en su carrera, va ascendiendo niveles de complemento de destino y, por tanto, cobrando más.

El complemento de destino del personal funcionario se fija de manera homogénea en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado, de manera que no puede ser modificado por las comunidades autónomas.

Tabla: Complementos de destino del personal funcionario por niveles [2020]

En el año 2020 las retribuciones de los funcionarios en materia de complemento de destino son las siguientes:

NIVEL IMPORTE - EUROS
30 12.615,72
29 11.315,64
28 10.840,20
27 10.363,92
26 9.092,64
25 8.067,12
24 7.591,20
23 7.115,88
22 6.639,60
21 6.164,52
20 5.726,28
19 5.433,96
18 5.141,52
17 4.848,96
16 4.557,24
15 4.264,32
14 3.972,48
13 3.679,68
12 3.387,12
11 3.094,56
10 2.802,60
9 2.656,68
8 2.510,04
7 2.364,00
6 2.217,72
5 2.071,56
4 1.852,32
3 1.633,44
2 1.414,32
1 1.195,20
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  • Real Decreto-ley 2/2020, de 21 de enero de 2020, por el que se aprueban medidas urgentes en materia de retribuciones en el ámbito del sector público. Consulta online: BOE-A-2020-909