{"id":5871,"date":"2018-09-14T09:12:36","date_gmt":"2018-09-14T09:12:36","guid":{"rendered":"https:\/\/lasoposiciones.net\/?p=5871"},"modified":"2020-02-10T11:48:13","modified_gmt":"2020-02-10T11:48:13","slug":"derechos-de-los-funcionarios-en-practicas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/lasoposiciones.net\/derechos-de-los-funcionarios-en-practicas.html","title":{"rendered":"Derechos de los funcionarios en pr\u00e1cticas"},"content":{"rendered":"

No todas las plazas de empleo p\u00fablico<\/strong> se resuelven con la publicaci\u00f3n de la lista de aprobados. En determinadas situaciones, los candidatos deben superar un periodo de prueba<\/strong>, seg\u00fan recoge el TREBEP, como parte del proceso para garantizar la racionalidad y objetividad de estas selecciones de personal p\u00fablico. Es interesante que se conozcan los derechos de los funcionarios en pr\u00e1cticas<\/strong>, para que no haya irregularidades.<\/p>\n

Una primera precisi\u00f3n muy importante. Aunque hablemos de funcionarios en pr\u00e1cticas<\/a>, estos no adquieren el estatus de funcionarios de carrera<\/strong> hasta que hayan superado ese periodo de prueba. S\u00f3lo entonces es cuando se procede a su nombramiento, que como recordamos, es uno de los requisitos imprescindibles para convertirnos en funcionarios.<\/p>\n

Hasta aqu\u00ed todo parece bajo control. Uno de los derechos que se adquieren es el de formar parte de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado<\/strong>. Sin embargo, hay determinadas cuestiones que son objeto de pol\u00e9mica legal, m\u00e1s en los casos en los que los funcionarios en pr\u00e1cticas<\/strong> son personas que ya tienen la condici\u00f3n de funcionario de carrera<\/strong> en una administraci\u00f3n distinta. Cuestiones tan b\u00e1sicas como las retribuciones o los trienios<\/a> est\u00e1n en el foco de esta confusi\u00f3n. Vamos a intentar que se aclaren estos t\u00e9rminos.<\/p>\n

\"\"<\/a><\/p>\n

La antig\u00fcedad de los funcionarios en pr\u00e1cticas<\/h2>\n

El punto de partida de quienes reivindican el m\u00e1ximo de derechos para los funcionarios en pr\u00e1cticas<\/strong> mientras detentan esta condici\u00f3n, es que se trata de favorecer y potenciar el desarrollo de la\u00a0carrera profesional de los funcionarios p\u00fablicos<\/a>. Por tanto, no se les pueden negar o suspender avances que ya ten\u00edan consolidados en el caso de los que ya pertenec\u00edan al cuerpo. Ni limitar los de quienes realizan ese trabajo, al menos durante el tiempo que lo hagan.<\/p>\n